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¿Puedo cambiar los códigos arancelarios que registre en la Rusad Nº 005?
parte1
  • No deben existir discrepancias entre lo registrado en la Rusad y el código arancelario del bien nacionalizado de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de la providencia 104 de la Gaceta Oficial Nº 39.456 de fecha 30 de junio de 2010.